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Trabajo por Cuenta Propia

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¿Dónde puedo ejercer la actividad de Cuenta Propia?

Puede ejercer en los siguientes lugares:

  1. Su domicilio u otro local o espacio arrendado, con observancia de las normas establecidas por el Consejo de la Administración;
  2. las áreas habilitadas al efecto y los itinerarios definidos, en las actividades que lo requieran, con la autorización del Consejo de la Administración del Poder Popular;
  3. el domicilio del usuario, en las actividades que debido a su naturaleza pueden realizarse en este.

¿En qué lugar del domicilio puedo ejercer el Trabajo por Cuenta Propia?

Dentro de los límites de la parcela siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos.

  • No viole las Regulaciones Urbanísticas aprobadas por el Consejo de la Administración Municipal (CAM).
  • No se realice acción constructiva en el jardín, ni ubicación de ningún objeto de otra índole que incida sobre el uso del mismo.
  • No se realice modificaciones a la vivienda para uso comercial (ampliaciones, divisiones, construcción de mesetas en el portal) etc.
  • En el portal y espacios públicos no se colocan de forma permanente, perchas, colgadizos, ganchos, garfios, escarpias, casillas, láminas, y toda salida que sirva para mostrar mercancías que afecten la fachada de la vivienda.

Si desea solicitar un local nuevo solo es permisible a través de la construcción de un Ranchón, Pérgola, Glorieta o Pórtico, cumpliendo además de los requisitos anteriores, los siguientes:

  • Cumplir con el COS Y CUS de la zona que se está regulando.
  • Mantener la línea de fachada de la vivienda y los pasillos laterales.
  • Los materiales a emplear serán según lo permisible en la zona.

Sólo podrá utilizarse para la actividad solicitada una vez evaluada por el grupo municipal del trabajo por cuenta propia siempre que proceda.

¿Puedo colocar un cartel para promocionar la actividad que realizo?

Si, para ello debe solicitar la autorización en la Dirección Municipal de Planificación Física, el escrito de solicitud debe contener:

  1. a) Generales de los trabajadores por cuenta propia;
  2. b) actividad autorizada y entidad que la emitió; y
  3. c) dirección de la vivienda o lugar donde se va a desarrollar la actividad si corresponde.

El trabajador por cuenta propia propietario o residente en la vivienda donde ejerce la actividad, acompaña al escrito de solicitud para la colocación del cartel, los documentos siguientes:

  1. a) Título que acredita la propiedad de la vivienda;
  2. b) autorización para ejercer el trabajo por cuenta propia;
  3. c) documento que refleja el diseño del cartel que se desea colocar, actividad a realizar, con la propuesta de dimensiones, material, color de fondo, color de las letras, proyección y ubicación, sin que demande requerimiento técnico;
  4. d) dictamen de la Oficina del Historiador o del Conservador, si el inmueble se encuentra ubicado en zonas priorizadas para la conservación;
  5. e) documento que acredita la inscripción de la titularidad del derecho exclusivo en la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, si procede; y
  6. f) sello del timbre correspondiente.

Cuando el trabajador por cuenta propia es arrendatario de una vivienda, habitación o espacio donde ejerce la actividad, para la colocación de un cartel, acompaña al escrito de solicitud los documentos siguientes:

  1. a) Fotocopia de la autorización de la actividad de arrendador de vivienda, habitaciones y espacios emitida por la Dirección de Trabajo Municipal al propietario de la vivienda donde se ejerce la actividad por cuenta propia, que será cotejada con la original por el funcionario que recepciona el trámite;
  2. b) autorización del ejercicio de la actividad de trabajo por cuenta propia para la que se solicita la colocación del cartel;
  3. c) documento que refleja el diseño del cartel que se desea colocar, actividad a realizar, dimensiones, material, color de fondo, color de las letras, proyección y ubicación que se propone, sin que demande requerimiento técnico;
  4. d) dictamen de la Oficina del Historiador o del Conservador, si el inmueble se encuentra ubicado en zonas priorizadas para la conservación;
  5. e) documento que acredita la inscripción de la titularidad del derecho exclusivo en la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, si procede; y
  6. f) sello del timbre correspondiente.

Los trabajadores por cuenta propia que ejercen la actividad de forma ambulatoria, acompañan al escrito de solicitud los documentos siguientes:

  1. a) Autorización para ejercer el trabajo por cuenta propia;
  2. b) documento que refleje el diseño del cartel que se desea colocar, actividad a realizar, dimensiones, material, color de fondo, color de las letras, proyección y ubicación que se propone, sin que demande requerimiento técnico;
  3. c) documento que acredita la inscripción de la titularidad del derecho exclusivo en la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, si procede; y
  4. d) sello del timbre correspondiente;

Evaluada la solicitud, en los casos que resulte, se emite la autorización por el Director Municipal de Planificación Física.

En caso de denegarse se informa por el departamento o sección de Trámites al interesado.

Término del trámite:quince (15) días hábiles a partir de su radicación.

¿Es posible situar algún signo distintivo de publicidad a un cartel?

Si, pero debe solicitar autorización ante la Oficina Cubana del Registro de la Propiedad Industrial, adscripta al Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente en la provincia Granma.

El Centro de Información y Gestión Tecnológica(CIGE) se encargará de realizar las búsquedas que garanticen su identidad. Esta oficina radica en el paseo General García de la ciudad de Bayamo encima de la tienda El Bazar.

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