Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

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Es un seguro que protege sus inmuebles en calidad de vivienda y el contenido de los mismos (mobiliarios, equipos, utensilios y enseres).

Riesgos que cubre la Póliza

Cobertura Básica:

Se cubren los daños o pérdidas materiales que pueda sufrir el bien asegurado a consecuencia de: Incendio, Rayo y Explosión.

 

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El Seguro de Viajes hacia el exterior está diseñado para brindar protección financiera a aquellas personas que vayan a realizar viajes cuyo origen sea Cuba y el destino un país extranjero y que dentro del período de duración de éste, tengan la necesidad de incurrir en determinados gastos por la ocurrencia de alguno de los siguientes riesgos:

 

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Este seguro cubre la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de daños o perjuicios causados a terceros. Los daños pueden ocasionarse a las personas produciendo en ellas lesiones corporales o muerte y a la propiedad ajena (incluyendo a los animales).

 

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El Seguro de Viajes hacia Cuba está dirigido a todos los viajeros extranjeros y cubanos residentes en el exterior que ingresen al país. Este seguro es obligatorio desde el 1ro de Mayo del 2010 a raíz de la publicación el 26 de febrero de 2010 en la Gaceta Oficial del Acuerdo 6774 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba, exigiendo a todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en el exterior para su entrada al país que cuenten con una póliza de seguros con cobertura de gastos médicos expedida por entidades aseguradoras reconocidas en Cuba.

 

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Está diseñado para cubrir la necesidad económica que se produce ante el fallecimiento de una persona cuyos ingresos personales son determinantes en la economía familiar. Así como para aquellas personas que se incapacitan temporal o permanentemente, retirándola de sus funciones y actividades habituales con la correspondiente disminución o pérdida de los niveles de ingresos que tenían antes de incapacitarse.

 

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