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Registro de la Propiedad

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El Registro de la Propiedad se ubica en nuestra dirección


Servicios prestados:

  • Inscripción de viviendas de propiedad personal y solares yermos.
  • Inscripción de inmuebles estatales.
  • Expedición de certificos y notas simples informativas.

Documentos que deben presentar para inscribir inmuebles de propiedad personal.

  1. Título a inscribir.
  2. Carné de Identidad.
  3. Modelo que acredite el pago del impuesto si correspondiera.

En caso de que el promovente no sea el titular debe justificar ante el Registradora el interés legítimo que posee, presentando el poder otorgado por el propietario ante Notario ( si es un representante). Si es un heredero (la declaratoria de heredero o testamento).

La primera inscripción es gratuita. Solo se cobra la certificación y se hace en dependencia del valor que tenga el inmueble y un sello de $ 10.00 moneda nacional.

El arancel establecido se aplica a partir de la segunda inscripción y este es en dependencia del valor que tenga el inmueble.

El título de propiedad debe contener.

  • Localización geográfica
  • Característica generales
  • Características de la construcción
  • Medidas y linderos
  • Precio legal.

Además, pueden inscribirse en este Registro

  • Los contratos de arrendamiento de vivienda de propiedad estatal otorgados por el Instituto de la Vivienda y sus direcciones municipales.
  • El derecho de uso de azotea.

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