Certificados de depósitos.

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Certificados de depósitos: Depósito a plazos dirigido a personas naturales cubanas y extranjeras, tanto en moneda nacional como en moneda libremente convertible. Se emite un Certificado de depósito, el cual puede ser negociado y transferido a otra persona antes del plazo en caso de necesitar liquidez sin cancelar el contrato de depósito subyacente. Constituye un compromiso entre el cliente y el banco para ahorrar en plazos determinados (3, 6, 12, 24, 36 y 60 meses). La extracción del importe antes del plazo fijado implica una penalización. Pueden ser individuales, indistintas o mancomunadas.

Condiciones mínimas de apertura:

  • Moneda Nacional (CUP): 100,00 CUP.
  • Moneda libremente convertible (CUC): 500,00 CUC.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión.

 

 

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